aeronaves CX

miércoles, 22 de mayo de 2013

Otro informe mas sobre el accidente del CX-LAS de AirClass


OTRO INFORME IMPLICA A AIR CLASS

Soplando en el viento

imagen

22.05.2013 10:30

Se dio a conocer otro informe de un catedrático penal que implica a los dueños de Air Class por su responsabilidad penal en la muerte de Walter Rigo y Martín Riva. "Han sido claramente negligentes tanto en la prevención como en la protección de sus trabajadores", indica un reporte de Miguel Langón.

El 6 de junio del 2012 un avión Fairchild dela empresa Air Class desapareció en las aguas del Río de la Plata, cobrándose la vida de los pilotos Walter Rigo y Martín Riva. El siniestro estuvo sumido en el misterio durante meses, al no poder hallarse ningún resto de la aeronave que pudiera dar pistas sobre lo ocurrido. Poco después, al hallarse la caja negra y unos pocos restos, el panorama tampoco se aclaró.
Las familias de los pilotos responsabilizan a las omisiones e irregularidades de la empresa por la muerte de Rigo y Riva, e intentan comprobar ante la Justicia que la falta de mantenimiento de los aviones fue determinante en el accidente. Air Class, mientras tanto, apunta a un "error humano" de los pilotos, punto fuertemente discutido por los familiares. La causa judicial no avanza, a la espera de los resultados de un peritaje de la Oficina de Investigación y Prevención de Accidentes e Incidentes de Aviación, y aún no hay una acusación formal hecha (ver nota relacionada)

Entre las pruebas presentadas en el expediente judicial, meses atrás informábamos sobre un informe penal realizado por el catedrático de Derecho Milton Cairoli, grado 5 universitario que fuera ministro de la Suprema Corte de Justicia durante diez años en Uruguay. En él, Cairoli concluye que hay material suficiente como para tipificar un delito en el accionar de la empresa.
A este documento se suma un segundo informe jurídico (esta vez solicitado por la familia de Martín Riva), en el que otro prestigioso catedrático grado 5 llega a la misma conclusión. Se trata de Miguel Langón Cuñarro, que analiza la seguridad laboral de la que gozaban los pilotos, teniendo en cuenta el estado de las aeronaves.
En el informe, al que accedió Montevideo Portal, Langón explica que en base al material recabado "resulta claramente que la aeronave no recibía toda la atención y cuidado que requería, debido a órdenes y disposiciones expresas que al respecto habían dado los directivos de la empresa". Langón menciona algunos de los mismos puntos señalados por Cairoli, como el hecho de que no se llevara en forma el libro de registros (llegando al extremo de ordenar a los pilotos que no asentaran las fallas), que se declararan menos horas de vuelo, se repararan desperfectos con "soldaduras caseras", se volara con sobrepeso y no se hiciera mantenimiento adecuado.
"El avión que conducían en el momento de la caída no contaba con radar en buen estado de funcionamiento así como tampoco estaba en condiciones de funcionar el registro de las cajas negras", agrega.
Implicancias legales
Langón hace alusión al artículo 7 de la Constitución, que consagra el derecho de los habitantes de la República a ser protegidos en la seguridad y el trabajo, remarcando en especial la salvaguarda de la integridad física a través de normas de prevención y represión por accidentes laborales".
"Asistimos a un claro caso de accidente laboral, toda vez que por accidente de trabajo se considere cualquier lesión o muerte proveniente de una causa súbita, externa y violenta, ocurrida en ocasión o a causa del trabajo", asegura Langón. La legislación que regula la materia "ha sido vulnerada y desconocida por los directivos de la empresa Air Class". Concluye que las "conductas llevadas a cabo por los empleadores de los pilotos (...) encartan sin dudas en tipos penales vigentes".
Para el jurista, los pilotos que no aceptaban trabajar en la forma que estructuralmente disponían los empresarios, arriesgaban comprometer "su trabajo y su pan", habiendo por tanto "una coacción implícita".
La "infracción de leyes y reglamentos" cometida por los empleadores "encarta en una de las bases del delito culposo", además de demostrar negligencia e imprudencia, concluye Langón.
Los empresarios "comprometieron su responsabilidad por culpa grave" al imponer a sus pilotos "esa forma de trabajar" y no hacer el mantenimiento adecuado. El catedrático cree que hay material como para la "imputación del resultado letal ocurrido a grado de imprudencia, que ya tiene suficiente pena (de ocho años de penitenciaría) por el resultado plural (muerte de varias personas)".
"Han sido claramente negligente tanto en la prevención como en la protección de sus trabajadores, lo que los hace responsables por imprudencia grave de las muertes acaecidas", agrega.
En sus conclusiones, Langón opina que los dueños de Air Class infringieron las normativas existentes en Uruguay "al establecer un régimen laboral que creó riesgos que van más allá de lo permitido". La responsabilidad penal puede ser "homicidio culposo con resultado plural" o "delito autónomo de peligro para la aviación".

Montevideo Portal

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Acerca de mí

Mi foto
Montevideo, Montevideo, Uruguay